lunes, 21 de enero de 2013

PELIGROS DE LAS REDES SOCIALES

¿QUÉ PASA SI ENREDAMOS EN LAS REDES SOCIALES?

En no pocos artículos de los últimos tiempos, y no sólo en los de la asesoría jurídica, venimos haciendo referencias, directas o indirectas, al uso de Internet en los quehaceres de la vida cotidiana y a las redes sociales.
La visión que ofrecemos suele ser positiva, integradora. Creo no equivocarme al afirmar que todos estamos de acuerdo en que las redes sociales son una herramienta que debemos incorporar con naturalidad a nuestra vida diaria, haciendo un uso positivo de ellas.
Sin embargo, es conocido cómo a través de las mismas podemos enredar con otros y enredarnos nosotros mismo en situaciones complicadas, que pueden hacernos daño o con las que podemos dañar a las personas con las que nos relacionamos.
En los últimos meses han saltado a los medios de comunicación, aunque primero fueron noticias en las propias redes sociales, acontecimientos graves relacionados con el acoso a través de Internet. Pero ¿qué es el ciberacoso? Si tecleamos en google, encontraremos numerosas palabras para nombrar un mismo concepto. Hay quienes prefieren usar el términos inglés cyberbullying y hay quienes hablan de acoso electrónico, e-acoso, acoso sms, network mobbing, acoso en línea o acoso digital. En definitiva, todos estos términos se refieren a comportamientos que se llevan a cabo utilizando el correo electrónico, las redes sociales, los blogs, los mensajes de texto o WhatsApp y que tienen por objetivo difamar, amenazar, hostigar, desacreditar a una persona o a un grupo de personas pudiendo causar en ellas preocupación, temor y angustia emocional. El término ciberbullying se reserva a los comportamientos de acoso entre dos personas de edad similar, generalmente menores o jóvenes. Cuando la conducta de acoso es ejercida por un adulto y la victima es un menor, se ha acuñado un término específico: grooming.
El acoso a través de los medios de comunicación tecnológicos puede llegar a ser considerado un delito penal y a quien lo comete se le pueden imponer importantes sanciones. En algunos casos, se ha obligado a los autores a pedir perdón en las mismas redes sociales que se habían utilizado para acosar a un compañero. El daño que se causa es muy superior al que podría causarse cuando una misma conducta se realiza en directo. Por ejemplo, un insulto a un compañero en la puerta del Instituto se multiplica por miles cuando lo haces a través de una red social. Pero las conductas de acoso pueden ir más allá de los insultos o las burlas, y suelen repetirse en el tiempo. Es el caso, por ejemplo, de una chica de 14 años que denunció a un chico de su misma edad que la había amenazado con pegar a su novio si no le enviaba fotos de ella desnuda. Así lo hizo la chica a través de WhatsApp. Esas fotos fueron reenviadas a sus amigos y éstos, sin su consentimiento, las enviaron a otras personas. La chica decidió cambiar de colegio. No es difícil imaginar como se sentía con la difusión de esas imágenes entre amigos, compañeros de clase o desconocidos.
Las redes sociales tienen establecidas sus propias medidas de seguridad que podemos activar cualquier usuario. Por ejemplo, en facebook o en tuenti.
Aquí, os indicamos otras páginas de interés, donde encontraréis consejos sobre cómo debéis actuar si os sentís acosados en la red:
Y si esta información no es suficiente o tenéis dudas sobre qué debéis hacer, puedes acudir a la Asesoría Jurídica del CIPAJ.

Iván Sanz Burgos y Violeta Pérez
Abogados de la Asesoría Jurídica para Jóvenes de la Universidad de Zaragoza y del CIPAJ

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